acerca de la sepultura de los difuntos
y la conservación de las cenizas en caso de cremación
Siguiendo la antiquísima tradición cristiana, la Iglesia recomienda insistentemente que los cuerpos de los difuntos sean sepultados en los cementerios u otros lugares sagrados.
La Iglesia sigue prefiriendo la sepultura de los cuerpos, porque con ella se demuestra un mayor aprecio por los difuntos; sin embargo, la cremación no está prohibida, «a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana»
¿Pero la incineración no es un problema para la resurrección de la carne?:
No ya que lo que importa realmente es el alma de la persona difunta la cual esta intacta y no impide a la omnipotencia divina resucitar el cuerpo del difunto, por lo tanto no se ha prohibido la incineración por parte de la doctrina cristiana.
Si incineramos a un familiar, ¿podremos celebrar un funeral?:
Si, el único cambio sería que no tienes un lugar fijo al cual ir a orarle a esa persona, por ejemplo si la incineras no va a tener una sepultura el un cementerio y para poder darle culto al alma no sería necesario ir allí
Normalmente las cenizas de los familiares difuntos son guardadas en urnas y estas deben estar ubicadas en lugares sagrados tales como un cementerio o la Iglesia. Aunque hay casos especiales en los cuales se podrían mantener el el hogar, asegurando un respeto y una conservación adecuada
¿Por qué en un lugar sagrado? Entonces, no podemos tenerlas en casa…:
. … y menos aún en varias casas…:
… ni podemos tirarlas al mar…:
Se pueden mantener el el hogar o en diversos hogares, pero habría que pedir un permiso especial a la Iglesia y asegurar su conservación, sin embargo, el último caso sería algo imposible ya que a no ser de una condición extrema seria denegado. Esto se debe a que si se tiran las cenizas del difunto al mar, no habría un lugar de oración para esa persona y en este caso se le niegan las exequias.(ceremonias religiosas que se celebran por el difunto.)